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Orientación Judical

REVOCACIÓN DE FALLOS - REVOQUE IPOTECHE

La garantía se emite en interés del Contratista y a favor del Beneficiario, como garantía de compensación por la pérdida de crédito sufrida por este último, derivada de cualquier declaración judicial de revocación, en quiebra. La garantía se emite para garantizar los riesgos derivados de la revocación de la quiebra después de la compra y venta de propiedades.

ACUERDO DE BANCA PREVENTIVA

La garantía solicitada por la autoridad judicial se emite en interés de la empresa Fallita y en favor de los acreedores de esta última para garantizar el cumplimiento exitoso de las obligaciones previstas en el acuerdo

CANCELACIÓN DE LA HIPOTECA

La garantía se emite para garantizar el cumplimiento de los trámites necesarios para extinguir los gravámenes como resultado de la división de hipotecas.

DISEMINACIÓN DE BIENES

La garantía solicitada por la autoridad judicial se emite en interés de la parte que ha sufrido la incautación de los bienes y en favor del demandante para obtener la liberación de los bienes.

OTRAS PRECAUCIONES JUDICIALES

La garantía solicitada por la autoridad judicial se emite para obtener: medidas cautelares; concesiones para medidas de emergencia, aplicabilidad provisional de mandatos de oposición; suspensión de la ejecución, garantías de seguridad previstas en el Código Civil.